El Ministerio de Asuntos del Consumidor, Alimentos y Distribución Pública emitió el jueves nuevas reglas para el empaque de bienes electrónicos, lo que hace que el código QR sea obligatorio en el embalaje con información relevante para productos fabricados el 15 de julio en adelante, es decir, el viernes.

Si no se menciona como código QR, la información debe ser parte del empaque, dijo las reglas llamadas reglas de metrología legal (productos básicos empaquetados) (Segunda Enmienda), 2022, notificadas por el Ministerio. Estos entrarán en vigor de inmediato.

Citando cláusulas y secciones relevantes, el ministerio dijo: Siempre que en el caso de un producto electrónico que se fabrique o se empaquete o se importe después del 15 de julio, el paquete de dicho producto, por un período de un año desde dicha fecha, declarará el Nombre del fabricante o empacador o importador, según sea el caso, en el paquete en sí y dicha declaración también informará a los consumidores que escaneen el código QR para la dirección y otra información relacionada.

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En caso de que dicha información se declare a través del código QR y no se declare en el paquete en sí, el paquete de dicho producto, por un período de un año desde dicha fecha, informará a los consumidores que escanean el código QR para el nombre común o genérico de El producto y donde dicho paquete contiene más de un producto, luego para el nombre y el número o cantidad de cada producto.

Se han mencionado disposiciones similares para el tamaño y la dimensión de la mercancía, y para declarar el número de teléfono y la dirección de correo electrónico en el paquete en sí.